⚖️ RETENCIÓN DE HIJOS MENORES SIN MEDIDAS JUDICIALES
¿Puede intervenir la policía?
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1️⃣ ¿EXISTE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL?
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✅ SÍ EXISTE
• Sentencia.
• Auto judicial.
• Medidas provisionales.
➡️ La custodia ya está regulada.
➡️ El incumplimiento puede tener consecuencias legales.
➡️ La policía puede intervenir en determinados supuestos.
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❌ NO EXISTE
➡️ Ambos progenitores tienen, en principio, los mismos derechos.
➡️ No hay una atribución judicial de la custodia.
➡️ La policía NO puede decidir con quién deben quedarse los menores.
➡️ El conflicto debe resolverse en el Juzgado de Familia.
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2️⃣ ¿PUEDE UN PROGENITOR RETENER A LOS HIJOS?
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❌ NO.
Que la policía no pueda obligar a la entrega NO significa que esa conducta sea correcta.
El juez podrá valorar:
✔️ La guarda y custodia.
✔️ El régimen de visitas.
✔️ La actitud de cada progenitor.
✔️ El interés superior del menor.
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3️⃣ ¿CUÁNDO SÍ INTERVIENE LA POLICÍA?
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🚨 Cuando existe:
✔️ Incumplimiento de una resolución judicial.
✔️ Riesgo para el menor.
✔️ Violencia o amenazas.
✔️ Indicios de un posible delito.
✔️ Situaciones de urgencia.
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4️⃣ ¿QUÉ HACER SI NO HAY MEDIDAS?
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📌 Acudir cuanto antes al Juzgado de Familia para solicitar:
• Medidas provisionales.
• Medidas urgentes.
• Guarda y custodia.
• Régimen de visitas.
• Pensión de alimentos.
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🔑 IDEA CLAVE
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⚖️ Sin resolución judicial, la policía no puede decidir con quién deben permanecer los hijos.
👨⚖️ La solución pasa por acudir al Juzgado de Familia para que un juez adopte las medidas oportunas, siempre priorizando el interés superior del menor.
IRIS MARIA VEGA CANTERO