La actuación de las instituciones debe orientarse a evitar la revictimización de los menores y garantizar una respuesta rápida y eficaz que preserve su estabilidad emocional.
Desafíos actuales
A pesar de los avances legislativos, persisten importantes desafíos. La detección temprana continúa siendo insuficiente; muchos casos permanecen ocultos debido al miedo, la dependencia económica o la falta de denuncia.
Asimismo, resulta imprescindible fortalecer la formación especializada de jueces, fiscales, abogados, policías, psicólogos y trabajadores sociales para comprender el impacto que la violencia de género produce en la infancia.
Otro reto consiste en mejorar la coordinación interinstitucional, garantizando que todas las actuaciones tengan como eje central la protección efectiva del menor.
En definitiva
La violencia de género constituye una grave vulneración de los derechos humanos cuyos efectos alcanzan profundamente a los menores. Reconocerlos como víctimas directas supone un cambio trascendental en la protección jurídica de la infancia.
El principio del interés superior del niño debe orientar todas las decisiones adoptadas por las autoridades, asegurando que prevalezcan su seguridad, bienestar y desarrollo integral frente a cualquier otro interés en conflicto.
La erradicación de la violencia de género requiere políticas públicas integrales, educación en igualdad, prevención temprana y un sistema judicial sensible a las necesidades específicas de los menores. Solo mediante una actuación coordinada y centrada en los derechos de la infancia será posible garantizar entornos familiares seguros y libres de violencia, favoreciendo el desarrollo pleno de niños y adolescentes como sujetos de derechos.
Durante muchos años los hijos e hijas fueron considerados únicamente testigos de la violencia ejercida contra sus madres. Sin embargo, esta concepción ha sido superada. Hoy existe consenso en que los menores también son víctimas directas porque sufren las consecuencias del maltrato, aun cuando no reciban agresiones físicas.
La evolución normativa ha permitido reconocer expresamente a los menores como víctimas de la violencia de género. Este reconocimiento implica que las medidas de protección no deben limitarse exclusivamente a la mujer agredida, sino extenderse a sus hijos e hijas mediante actuaciones preventivas, asistenciales y judiciales.
Entre las principales medidas destacan:
La suspensión del régimen de visitas cuando exista riesgo para el menor.
La adopción de órdenes de protección.
La intervención psicológica especializada.
La coordinación entre los sistemas judicial, sanitario, educativo y de servicios sociales.
La atención integral durante todo el proceso judicial.